Un extraño caso se ha detectado en las facturas de Gas que los usuarios han recibido recientemente. Se factura una ordenanza que fue aprobada a mediados del siglo pasado. La OMIC pidió explicaciones. Todo resulta confuso, mientras tanto los usuarios pagan este concepto.
La aparición de un concepto facturado en las últimas boletas de gas produjo sorpresa en el ámbito comunal aunque también en los usuarios. Naturgy, actualmente la concesionaria del servicio en nuestro partido incluyó entre otros ítems, un apartado que dice TOEP en letras mayúsculas como si se tratara de una sigla, a la que le continúa el nombre de la ciudad de Mercedes y se menciona el numero de una ordenanza: 984/12. Si bien se trataría de un porcentaje sobre esos conceptos de facturación, que varía según el monto de la factura, son alrededor de 10 pesos promedio por cliente. Naturgy cuenta en esta localidad con alrededor de 18 mil usuarios por cuanto la cifra se estimaría cercana a los 200 mil pesos mensuales. Por cierto tanto sectores de la propia comuna como parte de la prensa, buscaron conocer de qué se trataba este cobro. En principio y como un camino bien simple era conocer el contenido de la citada ordenanza. Resulta que la normativa que lleva ese número no ha sido sancionada en 2012, pues es lo que se desprende del número que continúa después de la barra. La ordenanza 984 en efecto existe, pero es de los años 50 y ese no fue el dato llamativo, sino el contenido de la misma. Se titula como Aporte de 135.47 para construcción de nichos. Continúa diciendo: por unanimidad sanciona en la Sesión Extraordinaria del 21 de abril de 1950 – Libro 17 – Folio 393. Ordenanza 984: Autorizase al Departamento Ejecutivo a invertir hasta la suma de mil ciento treinta y cinco pesos con cuarenta y siete centavos, para cubrir la diferencia emergente de la licitación sobre construcción de nichos. “Hasta donde sabemos las nicheras no tienen servicio de gas”, ironizó una fuente comunal. Todo resulta extraño y se aguardan las explicaciones.
OMIC
La Oficina Municipal de Información al Consumidor tomó el reclamo pertinente y elevó una nota al gerente de la empresa Gas Natural Naturgy, con copia al ente regulador. Solicita en la misma que informe, de acuerdo al artículo 4 de la Ley 24.240 de Defensa de los Consumidores y Usuarios, los fundamentos o autorizaciones pertinentes, que tiene la empresa para cobrar en sus facturaciones el cargo TOEP – Mercedes – Ordenanza 984/12, de acuerdo a lo verificado en algunas facturas emitidas por la empresa. Todavía no hubo respuesta alguna. Pero a la vez algunos usuarios se comunicaron a Fono Gas para solicitar información al respecto. Desde la empresa aseguraron que ese cargo ellos lo cobraron como ente recaudador y que en casos como ese, solo lo hacían por pedido del Estado, en este caso municipal. Resulta llamativo cuando desde el municipio no se ha solicitado el cobro del cargo en cuestión y ni siquiera, en caso de haberse hecho (lo que se niega de manera rotunda), la empresa no habría efectuado depósito alguno al municipio de este concepto. Se esperan novedades en las próximas horas. Es evidente que el caso resulta confuso y no queda para nada claro qué está sucediendo. En algún punto de la historia hay algo que no cierra. Es de esperar que prontamente se pueda determinar cuál ha sido la confusión si es que existió.