Leonardo Belforte confirmó que muchos vecinos no están cumpliendo con las normas que se estipulan en la ordenanza. El municipio multará a quienes sean encontrados en infracción. Reiteraron la existencia de un listado con podadores habilitados.
No es la primera vez que se habla de actitudes desaprensivas en lo que respecta a situaciones con la poda de árboles. Como ocurre todos los años, entre mayo y septiembre se extiende el tiempo que marca la ordenanza para llevar adelante esta tarea. Consultado el jueves último el director de Espacios Verdes de la Municipalidad de Mercedes, Leonardo Belforte, el funcionario respondió que mientras el propio municipio realiza la poda en distintos puntos, también se han encontrado con actitudes inadecuadas por parte de varios vecinos.
“De parte nuestra, del municipio, en la zona que teníamos programada, que es de la Avenida 17 hacia Avenida 1 entre Avenidas 2 y 40, se arrancó esta semana, con tres empresas distintas que se contrataron se están interviniendo en esas áreas y en lo que respecta a la gente en general, hemos visto lamentablemente malos trabajos realizados, muy mala predisposición ya que he hablado con más de uno y después me he encontrado con que directamente han arranco los árboles. Eso me pone realmente mal, me genera dolor, no es justo para los vecinos porque esos que no se comprometen no son los dueños de los árboles, sino toda la comunidad”.
Con respecto a esta negligencia por parte de algunos vecinos, el funcionario municipal fue tajante al indicar: “Que sepa esa gente, que yo se lo expliqué justo en el momento, que van a recibir una sanción o multa; no es algo que les va a salir gratuito y no es por una cuestión de maldad, están cometiendo un daño que lo sabían con anterioridad, y pese a eso, no les importó y lo hicieron de igual manera”.
Muchos de los vecinos parecen no estar al día con lo que marca la ordenanza en vigencia con respecto al arbolado urbano, el cual abarca a aquel que está constituido por las especies arbóreas emplazadas en el espacio público de carácter ornamental y paisajístico cuyo fin es mejorar la calidad de vida de los habitantes y transeúntes.-
De acuerdo a la Ley 12276/99 y la Ordenanza 7205 hay una reglamentación sobre el tema arbolado. El artículo 5° de la mencionada ordenanza señala que: “Toda intervención sobre el arbolado urbano requerirá la aprobación de la autoridad municipal competente”. Y en su artículo 6 agrega que: “El implante de árboles en el espacio libre urbano será realizado bajo aprobación de la autoridad municipal. En las aceras correspondientes a parcelas urbanas de dominio privado deberán hacerlo los frentistas que conciernen a ellas”.
La norma marca que los frentistas son responsables del cuidado, conservación y mantenimiento de los árboles ubicados en la aceras. La negligencia o maltrato hacia las especies a su cuidado será penado por el régimen de sanciones existentes.
Fuera del radio de las avenidas donde está interviniendo el municipio en caso que un particular requiera los servicios de poda el Departamento Ejecutivo brinda el listado de podadores autorizados, estando los costos del servicio a cargo del frentista así como el traslado de las ramas.
Para la tala o extracción de especies arbóreas, la misma será posible cuando la autoridad de aplicación municipal determine que: el árbol esté seco, que por su estado sanitario, fisiológico, por sus condiciones físicas no sea posible su recuperación, que no garantice la seguridad de las personas y /o bienes o impida u obstaculice el trazado o realización de obras públicas.
Sanciones
El artículo 17° de la ordenanza sostiene que: “El incumplimiento por parte de particulares o de empresas a las disposiciones que emanan de la presente serán pasible a sanciones equivalentes a 40 módulos establecidos en el código de Faltas Municipal por árbol dañado”.